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1 Habló Jehová a Moisés y a Aarón, diciendo:
2 Cuando el hombre tuviere en la piel de su cuerpo hinchazón, o erupción, o mancha blanca, y hubiere en la piel de su cuerpo como llaga de lepra, será traído a Aarón el sacerdote o a uno de sus hijos los sacerdotes.
3 Y el sacerdote mirará la llaga en la piel del cuerpo; si el pelo en la llaga se ha vuelto blanco, y pareciere la llaga más profunda que la piel de la carne, llaga de lepra es; y el sacerdote le reconocerá, y le declarará inmundo.
4 Y si en la piel de su cuerpo hubiere mancha blanca, pero que no pareciere más profunda que la piel, ni el pelo se hubiere vuelto blanco, entonces el sacerdote encerrará al llagado por siete días.
5 Y al séptimo día el sacerdote lo mirará; y si la llaga conserva el mismo aspecto, no habiéndose extendido en la piel, entonces el sacerdote le volverá a encerrar por otros siete días.
6 Y al séptimo día el sacerdote le reconocerá de nuevo; y si parece haberse oscurecido la llaga, y que no ha cundido en la piel, entonces el sacerdote lo declarará limpio: era erupción; y lavará sus vestidos, y será limpio.
7 Pero si se extendiere la erupción en la piel después que él se mostró al sacerdote para ser limpio, deberá mostrarse otra vez al sacerdote.
8 Y si reconociéndolo el sacerdote ve que la erupción se ha extendido en la piel, lo declarará inmundo: es lepra.
9 Cuando hubiere llaga de lepra en el hombre, será traído al sacerdote.
10 Y éste lo mirará, y si apareciere tumor blanco en la piel, el cual haya mudado el color del pelo, y se descubre asimismo la carne viva,
11 es lepra crónica en la piel de su cuerpo; y le declarará inmundo el sacerdote, y no le encerrará, porque es inmundo.
12 Mas si brotare la lepra cundiendo por la piel, de modo que cubriere toda la piel del llagado desde la cabeza hasta sus pies, hasta donde pueda ver el sacerdote,
13 entonces éste le reconocerá; y si la lepra hubiere cubierto todo su cuerpo, declarará limpio al llagado; toda ella se ha vuelto blanca, y él es limpio.
14 Mas el día que apareciere en él la carne viva, será inmundo.
15 Y el sacerdote mirará la carne viva, y lo declarará inmundo. Es inmunda la carne viva; es lepra.
16 Mas cuando la carne viva cambiare y se volviere blanca, entonces vendrá al sacerdote,
17 y el sacerdote mirará; y si la llaga se hubiere vuelto blanca, el sacerdote declarará limpio al que tenía la llaga, y será limpio.
18 Y cuando en la piel de la carne hubiere divieso, y se sanare,
19 y en el lugar del divieso hubiere una hinchazón, o una mancha blanca rojiza, será mostrado al sacerdote.
20 Y el sacerdote mirará; y si pareciere estar más profunda que la piel, y su pelo se hubiere vuelto blanco, el sacerdote lo declarará inmundo; es llaga de lepra que se originó en el divieso.
21 Y si el sacerdote la considerare, y no apareciere en ella pelo blanco, ni fuere más profunda que la piel, sino oscura, entonces el sacerdote le encerrará por siete días;
22 y si se fuere extendiendo por la piel, entonces el sacerdote lo declarará inmundo; es llaga.
23 Pero si la mancha blanca se estuviere en su lugar, y no se hubiere extendido, es la cicatriz del divieso, y el sacerdote lo declarará limpio.
24 Asimismo cuando hubiere en la piel del cuerpo quemadura de fuego, y hubiere en lo sanado del fuego mancha blanquecina, rojiza o blanca,
25 el sacerdote la mirará; y si el pelo se hubiere vuelto blanco en la mancha, y ésta pareciere ser más profunda que la piel, es lepra que salió en la quemadura; y el sacerdote lo declarará inmundo, por ser llaga de lepra.
26 Mas si el sacerdote la mirare, y no apareciere en la mancha pelo blanco, ni fuere más profunda que la piel, sino que estuviere oscura, le encerrará el sacerdote por siete días.
27 Y al séptimo día el sacerdote la reconocerá; y si se hubiere ido extendiendo por la piel, el sacerdote lo declarará inmundo; es llaga de lepra.
28 Pero si la mancha se estuviere en su lugar, y no se hubiere extendido en la piel, sino que estuviere oscura, es la cicatriz de la quemadura; el sacerdote lo declarará limpio, porque señal de la quemadura es.
29 Y al hombre o mujer que le saliere llaga en la cabeza, o en la barba,
30 el sacerdote mirará la llaga; y si pareciere ser más profunda que la piel, y el pelo de ella fuere amarillento y delgado, entonces el sacerdote le declarará inmundo; es tiña, es lepra de la cabeza o de la barba.
31 Mas cuando el sacerdote hubiere mirado la llaga de la tiña, y no pareciere ser más profunda que la piel, ni hubiere en ella pelo negro, el sacerdote encerrará por siete días al llagado de la tiña;
32 y al séptimo día el sacerdote mirará la llaga; y si la tiña no pareciere haberse extendido, ni hubiere en ella pelo amarillento, ni pareciere la tiña más profunda que la piel,
33 entonces le hará que se rasure, pero no rasurará el lugar afectado; y el sacerdote encerrará por otros siete días al que tiene la tiña.
34 Y al séptimo día mirará el sacerdote la tiña; y si la tiña no hubiere cundido en la piel, ni pareciere ser más profunda que la piel, el sacerdote lo declarará limpio; y lavará sus vestidos y será limpio.
35 Pero si la tiña se hubiere ido extendiendo en la piel después de su purificación,
36 entonces el sacerdote la mirará; y si la tiña hubiere cundido en la piel, no busque el sacerdote el pelo amarillento; es inmundo.
37 Mas si le pareciere que la tiña está detenida, y que ha salido en ella el pelo negro, la tiña está sanada; él está limpio, y limpio lo declarará el sacerdote.
38 Asimismo cuando el hombre o la mujer tuviere en la piel de su cuerpo manchas, manchas blancas,
39 el sacerdote mirará, y si en la piel de su cuerpo aparecieren manchas blancas algo oscurecidas, es empeine que brotó en la piel; está limpia la persona.
40 Y el hombre, cuando se le cayere el cabello, es calvo, pero limpio.
41 Y si hacia su frente se le cayere el cabello, es calvo por delante, pero limpio.
42 Mas cuando en la calva o en la antecalva hubiere llaga blanca rojiza, lepra es que brota en su calva o en su antecalva.
43 Entonces el sacerdote lo mirará, y si pareciere la hinchazón de la llaga blanca rojiza en su calva o en su antecalva, como el parecer de la lepra de la piel del cuerpo,
44 leproso es, es inmundo, y el sacerdote lo declarará luego inmundo; en su cabeza tiene la llaga.
45 Y el leproso en quien hubiere llaga llevará vestidos rasgados y su cabeza descubierta, y embozado pregonará: ¡Inmundo! ¡inmundo!
46 Todo el tiempo que la llaga estuviere en él, será inmundo; estará impuro, y habitará solo; fuera del campamento será su morada.
47 Cuando en un vestido hubiere plaga de lepra, ya sea vestido de lana, o de lino,
48 o en urdimbre o en trama de lino o de lana, o en cuero, o en cualquiera obra de cuero;
49 y la plaga fuere verdosa, o rojiza, en vestido o en cuero, en urdimbre o en trama, o en cualquiera obra de cuero; plaga es de lepra, y se ha de mostrar al sacerdote.
50 Y el sacerdote mirará la plaga, y encerrará la cosa plagada por siete días.
51 Y al séptimo día mirará la plaga; y si se hubiere extendido la plaga en el vestido, en la urdimbre o en la trama, en el cuero, o en cualquiera obra que se hace de cuero, lepra maligna es la plaga; inmunda será.
52 Será quemado el vestido, la urdimbre o trama de lana o de lino, o cualquiera obra de cuero en que hubiere tal plaga, porque lepra maligna es; al fuego será quemada.
53 Y si el sacerdote mirare, y no pareciere que la plaga se haya extendido en el vestido, en la urdimbre o en la trama, o en cualquiera obra de cuero,
54 entonces el sacerdote mandará que laven donde está la plaga, y lo encerrará otra vez por siete días.
55 Y el sacerdote mirará después que la plaga fuere lavada; y si pareciere que la plaga no ha cambiado de aspecto, aunque no se haya extendido la plaga, inmunda es; la quemarás al fuego; es corrosión penetrante, esté lo raído en el derecho o en el revés de aquella cosa.
56 Mas si el sacerdote la viere, y pareciere que la plaga se ha oscurecido después que fue lavada, la cortará del vestido, del cuero, de la urdimbre o de la trama.
57 Y si apareciere de nuevo en el vestido, la urdimbre o trama, o en cualquiera cosa de cuero, extendiéndose en ellos, quemarás al fuego aquello en que estuviere la plaga.
58 Pero el vestido, la urdimbre o la trama, o cualquiera cosa de cuero que lavares, y que se le quitare la plaga, se lavará segunda vez, y entonces será limpia.
59 Esta es la ley para la plaga de la lepra del vestido de lana o de lino, o de urdimbre o de trama, o de cualquiera cosa de cuero, para que sea declarada limpia o inmunda.
1 Y Jehová procedió a hablar a Moisés y Aarón, y dijo:
2 “En caso de que un hombre llegue a tener en la piel de su carne una erupción o una costra o una roncha, y esta en efecto llegue a ser en la piel de su carne la plaga de lepra, entonces tiene que ser llevado a Aarón el sacerdote o a uno de sus hijos los sacerdotes.
3 Y el sacerdote tiene que mirar la plaga en la piel de la carne. Cuando el pelo en la plaga se ha vuelto blanco y la apariencia de la plaga es más profunda que la piel de su carne, es la plaga de lepra. Y el sacerdote tiene que mirarla, y tiene que declararlo inmundo.
4 Pero si la roncha es blanca en la piel de su carne, y su apariencia no es más profunda que la piel, y su pelo no se ha vuelto blanco, entonces el sacerdote tiene que poner la plaga en cuarentena por siete días.
5 Y el sacerdote tiene que mirarlo al séptimo día, y si por el aspecto que presenta se ha detenido la plaga, no se ha extendido la plaga por la piel, entonces el sacerdote tiene que ponerlo en cuarentena por otros siete días.
6 ”Y el sacerdote tiene que mirarlo al séptimo día por segunda vez, y si la plaga ha quedado sin brillo y no se ha extendido la plaga por la piel, entonces el sacerdote tiene que declararlo limpio. Era una costra. Y tiene que lavar sus prendas de vestir y ser limpio.
7 Pero si indisputablemente se ha extendido la costra por la piel después de haberse presentado ante el sacerdote para que fuera verificada su purificación, entonces tiene que presentarse por segunda vez ante el sacerdote,
8 y el sacerdote tiene que mirar; y si la costra se ha extendido por la piel, entonces el sacerdote tiene que declararlo inmundo. Es lepra.
9 ”En caso de que se desarrolle la plaga de lepra en un hombre, entonces tiene que ser llevado al sacerdote.
10 Y el sacerdote tiene que mirar; y si hay en la piel una erupción blanca, y esta ha vuelto blanco el pelo, y la desolladura de la carne viva está en la erupción,
11 es lepra crónica en la piel de su carne; y el sacerdote tiene que declararlo inmundo. No debe ponerlo en cuarentena, porque es inmundo.
12 Ahora bien, si la lepra indisputablemente brota en la piel, y la lepra en efecto cubre toda la piel del que tiene la plaga, desde la cabeza hasta los pies, ante la plena vista de los ojos del sacerdote;
13 y el sacerdote ha mirado y he aquí que la lepra ha cubierto toda su carne, entonces tiene que pronunciar limpia la plaga. Toda ella se ha vuelto blanca. Él es limpio.
14 Pero en el día que aparezca en ella la carne viva, él será inmundo.
15 Y el sacerdote tiene que ver la carne viva, y tiene que declararlo inmundo. La carne viva es inmunda. Es lepra.
16 O en caso de que la carne viva en efecto revierta y cambie a blanca, entonces él tiene que ir al sacerdote.
17 Y el sacerdote tiene que mirarlo, y si la plaga se ha cambiado a blanca, el sacerdote entonces tiene que pronunciar limpia la plaga. Él es limpio.
18 ”En cuanto a la carne, en caso de que se desarrolle un divieso en la piel y de veras sane,
19 y en el lugar del divieso se haya desarrollado una erupción blanca o una roncha blanca rojiza, entonces tiene que mostrarse al sacerdote.
20 Y el sacerdote tiene que mirar, y si su apariencia es más baja que la piel, y su pelo se ha vuelto blanco, el sacerdote entonces tiene que declararlo inmundo. Es la plaga de lepra. Ha brotado en el divieso.
21 Pero si el sacerdote la mira, y, bien, no hay en ella pelo blanco, y no está más profunda que la piel, y no tiene brillo, el sacerdote entonces tiene que ponerlo en cuarentena por siete días.
22 Y si innegablemente se extiende por la piel, el sacerdote entonces tiene que declararlo inmundo. Es una plaga.
23 Pero si se detuviera en su lugar la roncha —no se ha extendido— es la inflamación del divieso; y el sacerdote tiene que pronunciarlo limpio.
24 ”O en caso de que llegue a haber en la piel de la carne una cicatriz del fuego, y la carne viva de la cicatriz en efecto llega a ser una roncha blanca rojiza o blanca,
25 el sacerdote entonces tiene que mirarla; y si el pelo ha cambiado a blanco en la roncha y la apariencia de esta es más profunda que la piel, es lepra. Ha brotado en la cicatriz, y el sacerdote tiene que declararlo inmundo. Es la plaga de lepra.
26 Pero si el sacerdote la mira, y, bien, no hay pelo blanco en la roncha, y esta no está más baja que la piel y no tiene brillo, el sacerdote entonces tiene que ponerlo en cuarentena por siete días.
27 Y el sacerdote tiene que mirarlo al séptimo día. Si innegablemente se extiende por la piel, el sacerdote entonces tiene que declararlo inmundo. Es la plaga de lepra.
28 Pero si la roncha se detuviera en su lugar —no se ha extendido por la piel y no tiene brillo— es una erupción de la cicatriz; y el sacerdote tiene que pronunciarlo limpio, porque es una inflamación de la cicatriz.
29 ”En cuanto a un hombre o una mujer, en caso de que se desarrolle una plaga en tal individuo, en la cabeza o en la barba,
30 el sacerdote entonces tiene que ver la plaga; y si su apariencia es más profunda que la piel, y el pelo es amarillo y escaso en ella, el sacerdote entonces tiene que declarar inmundo a tal individuo. Es una caída anormal de pelo. Es lepra de la cabeza o de la barba.
31 Pero en caso de que el sacerdote vea la plaga de la caída anormal de pelo, y, ¡mire!, su apariencia no es más profunda que la piel, y no hay en ella pelo negro, el sacerdote entonces tiene que poner en cuarentena por siete días la plaga de la caída anormal de pelo.
32 Y el sacerdote tiene que mirar la plaga al séptimo día; y si no se ha extendido la caída anormal de pelo, y no se ha desarrollado en ella ningún pelo amarillo y la apariencia de la caída anormal de pelo no es más profunda que la piel,
33 él entonces tiene que hacerse afeitar, pero no hará afeitar la caída anormal de pelo; y el sacerdote tiene que volver a poner en cuarentena por siete días la caída anormal de pelo.
34 ”Y el sacerdote tiene que mirar la caída anormal de pelo al séptimo día; y si la caída anormal de pelo no se ha extendido por la piel, y su apariencia no es más profunda que la piel, el sacerdote entonces tiene que pronunciarlo limpio, y él tiene que lavar sus prendas de vestir y ser limpio.
35 Pero si la caída anormal de pelo innegablemente se extiende por la piel después de haberse verificado su purificación,
36 el sacerdote entonces tiene que verlo; y si la caída anormal de pelo se ha extendido por la piel, el sacerdote no tendrá necesidad de hacer el examen en busca de pelo amarillo; es inmundo.
37 Pero si según su aspecto la caída anormal de pelo se ha detenido, y en ella ha crecido pelo negro, la caída anormal de pelo ha sido sanada. Es limpio, y el sacerdote tiene que pronunciarlo limpio.
38 ”En cuanto a un hombre o una mujer, en caso de que se desarrollen ronchas en la piel de la carne de estos, ronchas blancas,
39 el sacerdote entonces tiene que mirar; y si las ronchas en la piel de la carne de estos son de un blanco sin brillo, es una erupción innocua. Ha brotado en la piel. Él es limpio.
40 ”En cuanto a un hombre, en caso de que se le ponga calva la cabeza, es calvicie. Es limpio.
41 Y si su cabeza se pone calva en la parte delantera, es calvicie de la frente. Es limpio.
42 Pero en caso de que se desarrolle una plaga blanca rojiza en la calva de la coronilla o de la frente, es lepra que está brotando en la calva de su coronilla o de su frente.
43 Y el sacerdote tiene que mirarlo; y si hay una erupción de la plaga blanca rojiza en la calva de su coronilla o de su frente como la apariencia de lepra en la piel de la carne,
44 es un leproso. Es inmundo. Inmundo es lo que debe declararlo el sacerdote. Su plaga está en su cabeza.
45 En cuanto al leproso en quien esté la plaga, sus prendas de vestir deben ser rasgadas, y su cabeza debe dejarse desaseada, y él debe taparse el bigote y clamar: ‘¡Inmundo, inmundo!’.
46 Todo el tiempo que esté en él la plaga será inmundo. Es inmundo. Debe morar aislado. Fuera del campamento es su morada.
47 ”En cuanto a una prenda de vestir, en caso de que se desarrolle en ella la plaga de lepra, sea en prenda de vestir de lana o en prenda de vestir de lino,
48 o en la urdimbre o en la trama del lino y de la lana, o en una piel o en cualquier cosa hecha de piel,
49 y la plaga verde amarillenta o rojiza en efecto se desarrolle en la prenda de vestir o en la piel o en la urdimbre o en la trama o en cualquier objeto de piel, es la plaga de lepra, y hay que mostrarla al sacerdote.
50 Y el sacerdote tiene que ver la plaga, y tiene que poner la plaga en cuarentena por siete días.
51 Cuando él haya visto la plaga al séptimo día, que la plaga se ha extendido en la prenda de vestir o en la urdimbre o en la trama o en la piel, cualquiera que sea el uso para el cual se haya hecho la piel, la plaga es lepra maligna. Es inmunda.
52 Y él tiene que quemar la prenda de vestir o la urdimbre o la trama en la lana o en el lino, o cualquier objeto de piel en que se desarrolle la plaga, porque es lepra maligna. Debe quemarse en el fuego.
53 ”Pero si el sacerdote mira, y, bien, la plaga no se ha extendido en la prenda de vestir o en la urdimbre o en la trama o en cualquier objeto de piel,
54 entonces el sacerdote tiene que mandar que laven aquello en que esté la plaga, y tiene que ponerla en cuarentena por siete días por segunda vez.
55 Y el sacerdote tiene que mirar la plaga después de haber sido lavada, y si la plaga no ha cambiado de aspecto y sin embargo la plaga no se ha extendido, es inmunda. Debes quemarla en el fuego. Es un lugar bajo en una parte raída, ya sea en el reverso o en el anverso.
56 ”Pero si el sacerdote ha mirado, y, bien, la plaga carece de brillo después de haber sido lavada, entonces tiene que arrancarla de la prenda de vestir o de la piel o la urdimbre o la trama.
57 Sin embargo, si todavía aparece en la prenda de vestir o en la urdimbre o en la trama o en cualquier objeto de piel, está brotando. Debes quemar en el fuego lo que sea en que esté la plaga.
58 En cuanto a la prenda de vestir o la urdimbre o la trama o cualquier objeto de piel que laves, cuando la plaga haya desaparecido de ellos, entonces hay que lavarlo por segunda vez; y tiene que ser limpio.
59 ”Esta es la ley de la plaga de lepra en una prenda de vestir de lana o de lino, o en la urdimbre o en la trama, o en cualquier objeto de piel, a fin de pronunciarlo limpio o declararlo inmundo”.